En Cataluña la Generalitat prepara una modificación de la ley del código de consumo de Cataluña para obligar a las entidades financieras a facilitar una información exhaustiva y comprensible sobre las condiciones y características de cualquier préstamo hipotecario antes de firmar su concesión.
Por ahora se trata de un anteproyecto de ley por el cual el ciudadano deberá recibir, al menos diez días antes de firmar el contrato hipotecario, una oferta no vinculante en la que conste una descripción pormenorizada de las características del contrato.
Desde un comienzo Bancos y Cajas deberán informar desde el principio el precio total que deberá pagar el cliente, incluyendo el desglose de todas las comisiones, y facilitar «un ejemplo representativo» sobre los gastos desglosados de impuestos, tasas y otros derivados del préstamo hipotecario, así como detallar los gastos de tramitación, tasación de la finca o comisión por cancelación de hipoteca o gastos en caso de impago.
Además las entidades deberán advertir sobre las «cláusulas contractuales que generen más riesgo«, o de aquellas que pueden alterar el precio del préstamo, como las cláusulas de «suelo y techo».
Otro dato importante es que también se debe incluir una «advertencia sobre el riesgo de perder la vivienda en caso de incumplimiento de compromisos derivados del contrato de crédito», y las entidades estarán obligados a «evaluar» la solvencia del ciudadano que pide el crédito y si la misma está en duda no podrá bajo ningún concepto concederle la hipoteca.